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Supuestos de excepción en los Padrones Sectoriales.

Supuestos de excepción en los Padrones Sectoriales.

Se da cuenta del Boletín número 02 de fecha 14 de enero de 2021, emitido por el Servicio de Administración Tributaria, a través del cual se informa que derivado de la modificación del Anexo 10 “Sectores Específicos”, en sus Apartados A “Padrón de Importadores de Sectores Específicos”, y B “Padrón de Exportadores Sectorial”, publicada el 22 de diciembre de 2020, en el Diario Oficial de la Federación, en la Tercera Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2020, se han detectado problemáticas en la validación de los pedimentos de algunos sectores listados en los referidos apartados del Anexo 10.

Derivado de lo anterior, se gira la instrucción de declarar el identificador “NS” y su respectivo complemento, cuando la fracción arancelaria se encuentre listada la fracción arancelaria pero el NICO correspondiente, no esté incluido en la misma.

Esta medida podrá adoptarse a partir de la fecha del referido boletín y en tanto se realizan las adecuaciones tecnológicas en él SEA, aún y cuando no ha sido publicado en el DOF.

Para Conocer más a detalle descarga el Oficio.

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