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Principales causales de suspensión del padrón de importadores y exportadores

La Ley Aduanera señala quienes están obligados a solicitar el Padrón de importadores y exportadores, quienes accedan al padrón adquieren derechos y obligaciones, ahora bien, actualmente en la en la regla 1.3.3 de las RGCE se encuentran las 42 causales de suspensión del padrón de importadores y exportadores, existiendo 7 causales más comunes de suspensión:

De acuerdo al SAT existen 7 causales más comunes para suspender un padrón:

1.- IX. El contribuyente no sea localizado en su domicilio fiscal o el domicilio fiscal del contribuyente o el de sus establecimientos estén en el supuesto de no localizado inexistente.

2.-XVIII. El contribuyente tenga créditos fiscales firmes y/o créditos fiscales determinados que, siendo exigibles, no se encuentren pagados o garantizados en alguna de las formas permitidas por el CFF, por infracciones distintas a las señaladas en la fracción XIX de la presente regla, y en cada caso sean por más de $100,000.00.

3.-IX. El contribuyente no sea localizado en su domicilio fiscal o el domicilio fiscal del contribuyente o el de sus establecimientos estén en el supuesto de no localizado inexistente.

4.-XVII. Un contribuyente inscrito en el Padrón de Importadores o en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos, permita a otro que se encuentre suspendido, seguir efectuando sus operaciones de comercio exterior; el contribuyente tenga como representante legal, socio o accionista a un miembro de alguna empresa o persona física que haya sido suspendida por alguna de las causales establecidas en la presente regla y no la hubiera desvirtuado.

5.- XIII. El contribuyente altere los registros o documentos que amparen sus operaciones de comercio exterior.

6.-XII. El contribuyente no cuente con la documentación que ampare las operaciones de comercio exterior, según lo previsto en las disposiciones jurídicas aplicables.

7.-XXIX. El contribuyente, dentro de las facultades de comprobación contempladas en el artículo 42 del CFF, no atienda los requerimientos de las autoridades fiscales o aduaneras para presentar la documentación e información que acredite el cumplimiento de sus obligaciones, o lo realice en forma incompleta.

Se recomienda tener controles administrativos y de cumplimiento para evitar la suspensión del padrón de importadores y exportadores.

 

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