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BOLETÍN P027

BOLETÍN P027 – Gafete de identificación a que se refiere el apartado a de los lineamientos para el trámite de gafetes de identificación y de gafetes únicos de identificación en los recintos fiscales y fiscalizados.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT), informa a los usuarios de comercio exterior que para efectos del apartado A de los “Lineamientos para el trámite de gafetes de identificación y de gafetes únicos de identificación en los recintos fiscales y fiscalizados”, podrán portar el gafete de identificación (cartón) de acuerdo a la prorroga establecida.


Para mayor información, descarga el boletín P027.


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