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ACUERDO

ACUERDO – Por el que se suspenden las labores de la Secretaría de Economía durante el periodo que se indica.

La Secretaria de Economía (SE) a través del Diario Oficial de la Federación, informa a los usuarios de comercio exterior que conforme a lo establecido en el artículo 30 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional, los trabajadores disfrutarán de dos periodos anuales de vacaciones, de diez días laborables cada uno, en las fechas que se señalen al efecto.

Que, en los plazos establecidos en días, que fijan las leyes cuya aplicación corresponde a la Secretaría de Economía, no deben contarse los inhábiles.

Primero. – Se suspenden las labores de la Secretaría de Economía y su órgano administrativo desconcentrado, Instituto Nacional del Emprendedor, del 20 de diciembre de 2018 al 4 de enero de 2019, para reanudarse el 7 de enero de 2019.

Segundo. – Se considerarán como inhábiles para todos los efectos legales, los días comprendidos durante el cese de labores referido en el Punto anterior, por lo que en ese periodo no correrán los plazos de los trámites seguidos ante la Secretaría de Economía.

Ingresa a la página del DOF para mayor información.


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